Este martes se publicó la resolución que elimina la obligatoriedad de los 14 días de aislamiento para el ingreso al país presentado una prueba de PCR negativa realizada 72 horas antes del viaje. Excepto en pasos terrestres, en los cuales se podrá optar por cualquiera de las dos opciones.
Los ciudadanos de países limítrofes podrán ingresar con fines turísticos.
Están autorizados a ingresar al país los ciudadanos de países limítrofes o residentes en ellos que viajen por turismo a la región del AMBA y que no requieran de un visado consular por su nacionalidad que ingresen por el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, el Aeropuerto Internacional San Fernando y el Puerto de Buenos Aires.
Se suman los extranjeros para desarrollar actividad laboral o comercial, cumplir con una misión oficial diplomática, participar de eventos deportivos que cumplan los protocolos específicos, reunificación familiar con argentinos residentes que requieren visado; y extranjeros declarados en tránsito con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas.
También pueden ingresar los ciudadanos nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia.
Además pueden entrar los extranjeros autorizados que sean parientes directos de ciudadanos argentinos que ingresen transitoriamente al país por razones de necesidad y no requieran visado en virtud de acuerdos bilaterales.
Todos los viajeros deberán presentar una declaración jurada electrónica, hasta 48 horas antes del inicio del viaje.
Además de la declaración jurada, deberán cumplir con PCR (al menos 72 horas previas al viaje) internacional con resultado negativo y adjuntarla a la declaración jurada. Esta es la condición de ingreso vía aérea.
Excepciones al test PCR.
Estando exceptuados los transportistas y tripulantes y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales.
También quienes hayan tenido la enfermedad en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, acreditando los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
La PCR negativa aplica como condición de viaje cualquiera sea la edad del viajero.
También, se suman aquellos que ingresen por un paso fronterizo terrestre, y opten expresamente por no presentar PCR y cumplir el aislamiento de 14 días.
Los ciudadanos extranjeros no residentes deberán contar además con un seguro de viajero internacional con cobertura para la atención de COVID-19 en Argentina.
Todos los viajeros en medios de transporte internacional deben someterse a la toma de temperatura al embarcarse en un viaje hacia la República Argentina.
Se recomienda (no obligatoriedad) también registrarse en la aplicación CUIDAR. No será exigible la geolocalización de estas aplicaciones y se resguardarán los datos personales.