Requisitos de ingreso a Estados Unnidos: a partir del 26 de enero de 2021 todos los pasajeros que ingresen a los Estados Unidos en avión deberán presentar un resultado negativo de COVID-19 o constancia de recuperación.
Se exige que todos los pasajeros provenientes del extranjero que llegan a los EE. UU. en avión se realicen una prueba de detección a más tardar 3 días antes de la salida de su vuelo y presenten una constancia de una prueba con resultado negativo; o una documentación que demuestre su recuperación del COVID-19 a la aerolínea antes de abordar el avión. Esta orden entrará en vigencia a las 12:01 a. m., hora del este (5:01 a. m., hora media de Greenwich) del 26 de enero del 2021.
Requisitos de ingreso a Estados Unidos: Preguntas frecuentes
¿A quiénes alcanza este requisito de ingreso a los Estados Unidos?
Este requisito rige para todos los pasajeros, de 2 años de edad o más, que viajan a los Estados Unidos en avión, ya ean turistas extranjeros, ciudadanos o residentes legales de los Estados Unidos.
¿Cuándo debo hacerme la prueba de detección para viajar a los Estados Unidos? ¿Y qué tipo de prueba debo hacerme?
Debe hacerse la prueba de detección no más de 3 días antes de la salida de su vuelo hacia los EE. UU. Recuerde que debe hacerse una prueba viral (NAAT o prueba de antígenos) para determinar si tiene una infección por COVID-19 en curso. Además debe recibir sus resultados antes de la salida de su vuelo y tener documentación como comprobante de sus resultados, que deberá presentar a la aerolínea.
¿Qué debo hacer si me recuperé del COVID-19 recientemente?
Los CDC no recomiendan volver a hacerse una prueba de detección dentro de los tres meses posteriores a recibir un resultado positivo en una prueba viral, siempre y cuando no tenga síntomas del COVID-19. Si ha recibido un resultado positivo en una prueba viral en los últimos 3 meses, y ha cumplido los criterios para finalizar el aislamiento, puede viajar con la documentación de los resultados positivos de las pruebas virales y una carta de su proveedor de atención médica o de un funcionario de salud pública que indique que ha sido autorizado a viajar. El resultado positivo de una prueba y la carta se denominan “documentación de recuperación”.
¿Quién controla que las personas tengan una prueba con resultado negativo o la documentación de recuperación antes de abordar un avión rumbo a los EE. UU.?
La aerolínea confirmará el resultado negativo de las pruebas de detección del COVID-19 o la documentación de recuperación de todos los pasajeros antes de abordar.
¿Qué sucede si no me realizo una prueba de detección y quiero viajar a los EE. UU.?
Si un pasajero decide no presentar el resultado de una prueba o la documentación de recuperación, la aerolínea no lo autorizará a abordar el avión.
¿Qué sucede si el resultado de mi prueba es positivo?
Las personas cuyas pruebas dan un resultado positivo o que presentan síntomas antes de salir deben aislarse voluntariamente y postergar su viaje hasta que se hayan recuperado del COVID-19. Las aerolíneas deben impedir el embarque de cualquier persona que no presente una prueba de detección del COVID-19 con resultado negativo o la documentación de recuperación.
¿Qué es un resultado de prueba verificable?
Un resultado de prueba verificable es un documento escrito (impreso o en formato electrónico) del resultado de una prueba de laboratorio. La prueba de detección realizada debe ser del tipo viral (NAAT o de antígeno) y se debe presentar el resultado negativo a la aerolínea antes de abordar. La documentación del resultado de la prueba debe incluir información que identifique a la persona, la fecha en que se tomó la muestra y el tipo de prueba.
¿Qué tipo de documentación del resultado de mi prueba de detección debo presentar?
Los CDC exigen que los pasajeros que llegan a los EE. UU. en avión presenten una copia impresa o electrónica del resultado de su prueba para que la aerolínea la revise antes de permitirle abordar y para que los funcionarios de salud pública puedan revisarla después de su llegada a los EE. UU.
¿Debo realizarme otra prueba cuando llegue a los EE. UU. si la prueba realizada antes de mi vuelo arroja un resultado negativo?
Los CDC recomiendan que los viajeros se hagan una prueba de detección 3 a 5 días después del viaje Y que se queden en casa o cumplan una cuarentena voluntaria en otro lado por 7 días después del viaje.
Todos los viajeros (incluidos aquellos que se recuperaron del COVID-19) deben recordar usar una mascarilla, mantener una distancia de al menos 2 mts de las personas que no viven en su casa y lavarse las manos con frecuencia con agua y jabón por al menos 20 segundos después de sonarse la nariz, toser o estornudar y antes de comer. Los viajeros deben controlar los síntomas del COVID-19 y tomarse la temperatura si no se siente bien. Cualquier persona enferma con síntomas del COVID-19 debe aislarse y postergar los próximos viajes.
¿Cuándo entra en vigencia este requisito de ingreso a Estados Unidos?
Este requisito de ingreso a Estados Unidos comenzará a regir el 26 de enero del 2021.
¿Este requisito rige para todos los vuelos o sólo para vuelos comerciales?
Esta disposición rige para todos los vuelos, incluidos los vuelos privados y vuelos en general (vuelos chárter). Los pasajeros que viajan a los Estados Unidos en avión deben presentar un comprobante de la prueba independientemente del tipo de vuelo.
¿El periodo de 3 días se aplica al primer vuelo o al último en caso de que tenga uno o más vuelos de conexión hacia los EE. UU.?
Si llega a los EE. UU. en un vuelo directo, debe realizarse la prueba dentro de los 3 días previos a la salida de su vuelo rumbo a los EE. UU. Si llega a los Estados Unidos a través de uno o más vuelos de conexión, debe hacerse la prueba en los 3 días anteriores al primer vuelo de su itinerario, pero solo si los vuelos de conexión son parte de una misma reserva con un destino final en los Estados Unidos y las conexiones (escalas) no duran más de 24 horas. Si su vuelo de conexión a los Estados Unidos es una reserva separada o una conexión de su itinerario dura más de 24 horas, deberá hacerse una prueba dentro de los 3 días anteriores a que su vuelo llegue a los Estados Unidos.
¿Qué sucede si se demora mi vuelo y supera el límite de 3 días para la prueba?
Si su vuelo se demora antes de la salida, tendrá que volver a realizarse la prueba si la demora hace que su prueba no cumpla con el requisito del periodo de prueba de 3 días antes de la salida.
¿Debo realizarme la prueba si tengo conexión en los EE. UU. rumbo hacia otro país?
Sí. Cualquier vuelo que ingrese a los EE. UU., incluso si es un vuelo de conexión, exigirá la realización de una prueba antes de la partida.
¿Qué sucede si me vacuné contra el COVID-19? ¿De todos modos debo presentar una prueba de detección del COVID-19 con resultado negativo o la documentación de recuperación del COVID-19?
Sí. Todos los pasajeros que viajan a los EE. UU. en avión, independientemente del estado de vacunación, deben presentar una prueba de detección del COVID-19 con resultado negativo o la documentación de recuperación.
¿Se consideran a los territorios y posesiones de los EE. UU. como países extranjeros a los efectos de esta orden?
No. La orden para presentar una documentación de una prueba de detección del COVID-19 o una documentación de recuperación del COVID-19 no se aplica a los pasajeros que vuelan desde un territorio o posesión estadounidense a un estado de los EE. UU.
Los territorios y posesiones de los EE. UU. incluyen Samoa Americana, Guam, las Islas Marianas del Norte, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los EE. UU.
Fuente: página oficial de la CDC https://www.cdc.gov/
Te puede interesar: Test PCR gratis para turistas en Orlando y Miami