Home Actualidad & Empresas Nuevo impuesto al dólar, lo que tenés que saber.

Nuevo impuesto al dólar, lo que tenés que saber.

por Gabriela Alegría Perez

El BCRA comunicó una nueva restricción cambiaria que se suma al tope de compra mensual de 200 dólares y al impuesto PAIS del 30% para la compra de divisas y de consumos en el extranjero con tarjetas.

Cupo Mensual

Continúa siendo 200 dólaresLos consumos en el exterior o de proveedores de servicios del extranjero afectarán el cupo disponible de compra ahorro. Por ello, los gastos con tarjeta de crédito en moneda extranjera o realizados fuera del país, se descuentan de la compra mensual permitida de 200 dólares.

Si bien, no hay un límite de compra, los consumos realizados afectan el cupo disponible de los meses siguientes.

Retención 35%

El dólar ahorro y los gastos en divisa con tarjeta tendrán un cargo adicional del 35%, que será deducible del Impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales.

Este impuesto aplica a todos los productos y servicios contratados en el extranjero.

Tres tips para ahorrar en tus viajes:

  1. Comprá en empresas radicadas en Argentina.

Si comprás en agencias locales, podés ahorrar entre un 10 y 15% en servicios terrestres (alojamiento, alquiler de auto, excursiones) y entre 10 y 30% en pasajes aéreos. Por qué las empresas nacionales calculan el impuesto país y la percepción del 35% sobre una base menor.

2. Si ya decidiste tu destino, Comprá antes de fin de año.

Realizando tu compra antes del 31 de diciembre de 2020 podés recibir la devolución del impuesto del 35% a partir de enero del 2021. Comprando a partir del 1 de enero, tendrás que esperar un año más, en tu próxima liquidación de impuestos anual.

3. Comprá en pesos y en cuotas

Si comprás en pesos en agencias locales, no afectás tu cupo mensual de dólar ahorro.

¿Cómo funciona la percepción del impuesto del 35% y cómo la puedo recuperar?

Si estás inscripto en el Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales, lo podés deducir del saldo a pagar en tu Declaración Jurada anual. Si te sobra saldo a favor, lo podés usar para pagar otros impuestos.

Si no estás inscripto en el Impuesto a las Ganancias ni en el de Bienes Personales, al finalizar el año calendario tendrás que presentar en la AFIP una solicitud online y el reintegro es a través de la cuenta bancaria.

Podés encontrar más detalles sobre esta nueva regulación (Leer más).

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